INFORMACIÓN SOBRE EL RECAUDO DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS PARA EL
AÑO 2014 EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
Estimado contribuyente verifique que el pago del impuesto de su vehículo haya sido realizado dentro de los plazos establecidos y evítese sanciones e intereses; así mismo, incómodos procesos de cobro en su contra.
De acuerdo a la Ordenanza Nro. 59 del 04 de Diciembre de 2013 "Por la cual se conceden descuentos en el pago de impuesto sobre vehículos automotores para la vigencia fiscal del 2014".
Plazos: para la declaración y pago del Impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente a la vigencia 2014, incluidas las motocicletas de más de 125 c.c., el descuento por pronto pago del impuesto es:
a) Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto correspondiente a la vigencia fiscal 2014, entre el 01 de enero y el 01 de abril de 2014, incluidas ambas fechas; tendrán un descuento del diez por ciento (10%), sobre el valor del impuesto liquidado.
b) Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto correspondiente a la vigencia fiscal 2014, desde el 02 de abril hasta el 18 de julio de 2014, incluidas ambas fechas; no tendrán ningún descuento.
c) Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto a partir del 19 de julio de 2014 deben pagar sanción por extemporaneidad (sanción mínima de $137.400 / tasa de usura 29,48% efectiva anual) e intereses de mora de conformidad con la normatividad vigente.